Permanencias y bajas
Permanencia
La duración mínima de los estudios de doctorado será de dieciocho meses.
Bajas temporales
Se distinguen dos tipos de baja temporal, que no se computarán a los efectos del tiempo mínimo y máximo de permanencia en los estudios de doctorado:
- Por razones de enfermedad, embarazo o cualquier otra causa prevista en la normativa laboral vigente. La duración de la baja será determinada por la causa de esta.
- A petición propia: el doctorando/a podrá solicitar una única baja temporal en el programa de doctorado ante la CAPD por causas debidamente justificadas. El período máximo de esta baja temporal será de un año, ampliable hasta otro año más.
Durante un período de baja las actividades desarrolladas por el doctorando/a no podrán incluirse en su documento de actividades.
Bajas definitivas
Las bajas definitivas pueden ser de carácter administrativo o de carácter académico/docente.
Son causas de baja definitiva de carácter administrativo las siguientes:
- No realizar la matrícula anual en un curso académico.
- No haber presentado el plan de investigación en los plazos establecidos.
- No haber superado los complementos de formación en los plazos establecidos.
Son causas de baja definitiva de carácter académico las siguientes:
- Tener dos informes negativos consecutivos en la evaluación anual.
- El rechazo definitivo del plan de investigación.
- No haber superado la defensa de tesis en los plazos establecidos.